INMIGRACIÓN FAMILIAR

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Abogados de Inmigración de Familia

Davis & Asociados son sus abogados de inmigración de elección en el Norte de Texas, incluyendo Dallas, Fort Worth, Plano, Frisco, McKinney y sus alrededores. Nuestros abogados proporcionan asesoría jurídica especializada para todos los aspectos de las leyes de inmigración, incluyendo la defensa de deportación, los procedimientos de hábeas corpus y mandamus, inmigración patrocinada por familia, empleo patrocinado, inversiones, el cumplimiento del empleador, visas temporales de trabajo y la universidad, residencia permanente, naturalización, el proceso consular de visas, extensiones y apelaciones.

PRÁCTICA DE INMIGRACIÓN FAMILIAR

Para muchas personas, la manera más fácil para obtener una visa de inmigración de Estados Unidos o tarjeta verde es a través de la familia.

Algunos tipos de patrocinio familiar incluyen:

  • Tarjeta de residencia a través de matrimonio
  • I-485 Ajuste de Estatus de Niño
  • Visa de prometido

Para su tarjeta verde basada en la familia o visa, llame a los Abogados de Inmigración en Dallas que se preocupan por usted y su familia.

SHAHI BANDANA

"Yo más que nadie sabe que hice lo correcto en la elección de Davis & Asociados. Soy en verdad un cliente muy satisfecho. Garry Davis es muy honesto, eficaz, accesible y sobre todo es como una familia. Tengo mi tarjeta de residencia gracias a Garry Davis. Hubo un tiempo cuando estuve fuera del país y necesitaba su consejo, Garry Davis se tomó el tiempo para proporcionarme la información requerida a pesar de la diferencia en el horario. Aprecio mucho su servicio. Lo estoy recomendando a todo el mundo. Gracias otra vez."

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Matrimonio con tarjeta verde en Texas

El cónyuge de un ciudadano estadounidense o residente permanente puede solicitar una tarjeta verde basada en el matrimonio. Con una tarjeta verde, una persona puede vivir o trabajar en cualquier lugar de los Estados Unidos, y después de que haya transcurrido la cantidad adecuada de tiempo, puede solicitar la ciudadanía estadounidense.

Visas de prometido K-1

Si usted es un ciudadano estadounidense que quiere casarse con un no ciudadano, puede ser elegible para usar una visa K-1 para traer a su pareja a los Estados Unidos para su boda. Con este tipo de visa, comúnmente llamada visa de prometido, su futuro cónyuge puede ingresar a los Estados Unidos.

Guía de visas K-3

Si usted es cónyuge extranjero de un ciudadano estadounidense, puede ser elegible para una visa K-3. Una visa K-3 le permite acortar el tiempo que está separado de su cónyuge al permitirle ingresar a los Estados Unidos mientras espera la aprobación de su petición de visa de inmigrante.

Tarjetas verdes de matrimonio entre personas del mismo sexo

El matrimonio entre personas del mismo sexo es legal en todos los estados de los Estados Unidos, lo que significa que es posible obtener una tarjeta verde de matrimonio entre personas del mismo sexo. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos trata las solicitudes de tarjeta verde de la misma manera, independientemente de los géneros o sexos biológicos de los cónyuges.

Patrocinar a un cónyuge indocumentado

Si usted es ciudadano estadounidense o residente permanente y su cónyuge es un inmigrante indocumentado, es posible que se pregunte si hay alguna manera de patrocinarlos para obtener una tarjeta verde. La respuesta es sí. Hacerlo no es raro en absoluto, sucede todos los días.

Visas de Pariente Inmediato

Algunos familiares de ciudadanos de los Estados Unidos califican para visas de parientes inmediatos. Estas visas le permiten venir a los Estados Unidos y recibir una tarjeta verde sin esperar a que haya una visa disponible. Una vez que tenga una tarjeta verde, usted es un residente permanente legal que eventualmente será elegible para solicitar la ciudadanía.

Visas de Preferencia Familiar

Si usted es ciudadano estadounidense o residente permanente legal, es posible que pueda solicitar al gobierno de los Estados Unidos una visa de preferencia familiar para algunos de sus familiares. Estas visas permiten a sus familiares venir a los Estados Unidos para obtener la residencia permanente, y como residentes permanentes, los miembros de su familia podrán vivir y trabajar donde quieran en los Estados Unidos.

Formulario I-130 para un hijastro

Puede solicitar al gobierno de los Estados Unidos que permita que sus hijastros vengan a los Estados Unidos y obtengan una tarjeta verde. Dependiendo de su edad y estado civil, el gobierno puede considerarlos como sus parientes inmediatos y permitirles obtener tarjetas verdes de inmediato, sin esperar.

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VISAS DE FAMILIA

Para las personas que quieren saber cómo se puede obtener una visa de inmigrante (también conocida como la residencia permanente o "tarjeta verde") a través de un miembro de la familia.

Los ciudadanos y residentes permanentes de los Estados Unidos tienen la posibilidad de solicitar al gobierno federal una visa de inmigrante para ciertos miembros de familia. Los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar más categorías de miembros de familia que los residentes permanentes. La cantidad de tiempo entre la fecha de presentación de la solicitud y la fecha en que el miembro de la familia en realidad obtiene la visa de inmigrante puede variar - entre 6 meses a 20 años o más. El tiempo de espera se determina por el estado migratorio del solicitante (que son un ciudadano o un residente permanente), la categoría de miembro de familia que están solicitando, y de qué país es el miembro de familia.

Estos son los nombres y descripciones de las categorías de familiares que los ciudadanos y residentes permanentes pueden solicitar:

PETICIONARIOS CIUDADANOS

  • Familiares inmediatos:
  1. Esposa
  2. Hijos solteros menores de 21 años
  3. Padre (el peticionario ciudadano de los EE.UU. debe tener al menos 21 años de edad)
  • Primera Preferencia
  1. Hijos solteros mayores de 21 años (y sus hijos)
  • Tercera Preferencia
  1. Hijo casado de cualquier edad (y su cónyuge e hijos)
  • Cuarta Preferencia
  1. Hermanos (y su cónyuge e hijos)

PETICIONARIOS RESIDENTE PERMANENTES

  • Preferencia 2A
  1. Esposa
  2. Hijos solteros menores de 21 años (y sus hijos)
  • Preferencia 2B
  1. Hijos solteros mayores de 21 años (y sus hijos)

Cada año, el gobierno de Estados Unidos autoriza  un determinado número de visas de inmigrante para las categorías basadas en familia. Cada año, más ciudadanos y residentes permanentes presentan las peticiones de sus miembros de familias mayores a las visas de inmigrantes autorizadas por año. Esto ha creado una cartera de pedidos de años de duración en el sistema.

El gobierno asigna a cada uno de los diferentes tipos de peticiones de Familia una prioridad. Algunas relaciones familiares tienen una prioridad mayor que los demás, es decir, aquellos miembros de familia en general, tendrán su residencia permanente más rápido. El gobierno también da prioridad a las peticiones de visas de inmigrante basadas en el país que el miembro de familia está migrando. México, China, India y Filipinas tienen tiempos de espera individuales mayores porque los miembros de familia de estos países representan muchas de las visas de inmigrante solicitadas.

Las categorías de relación familiar con la más alta prioridad tienen un nombre especial. Se les conoce como "parientes inmediatos." Los cónyuges, hijos solteros menores de 21 años de edad, y los padres de ciudadanos estadounidenses son parientes inmediatos. Los parientes inmediatos tienen visas de inmigrante inmediatamente disponible para ellos. Una vez que la petición inicial por parte del ciudadano de Estados Unidos está aprobada por Servicio de Ciudadanía e Inmigración, el pariente inmediato puede presentar inmediatamente una solicitud de visa de inmigrante - a veces incluso puede ser presentada junto con la petición inicial.

Esas relaciones familiares que no son parientes inmediatos son llamados "categorías de preferencia." La gente en categorías de preferencia debe esperar hasta que una visa de inmigrante está disponible para ellos antes de que puedan solicitar uno. Cada petición presentada por un ciudadano o residente permanente que es aprobado se le da una fecha de prioridad (por lo general, es la fecha en o cerca cuando la petición fue recibida por el USCIS). El Departamento de Estado de Estados Unidos publica un boletín de visas cada mes que enumera cada una de categorías de preferencia con una fecha. Las visas de inmigrante están disponibles para cualquiera en esa categoría de preferencia cuya fecha de prioridad es anterior a la fecha en el boletín de visas. Esperar que una fecha de prioridad esté vigente puede tomar muchos años.

Una vez que la visa de inmigrante está disponible para el miembro de la familia inmigrante, otros factores tales como la historia de la persona, antecedentes penales, y la ubicación actual determinarán donde él o ella califican para la residencia permanente y cuando la solicitud debe ser presentada - dentro o fuera de los Estados Unidos.

Es importante que consulte con un abogado que tenga experiencia en leyes de inmigración de Estados Unidos antes de presentar una petición o solicitud con el gobierno.

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 VISAS PARA CIERTAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA

Ciertas personas golpeadas por sus familiares ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales pueden calificar para una visa de inmigrante.

Inmigración a través de un miembro de familia ciudadano estadounidense o residente permanente por lo general requiere que el ciudadano o residente permanente presente una petición y ver el proceso de inmigración hasta el final, a menudo con una entrevista realizada por el USCIS. Esto significa que el ciudadano o residente permanente tiene el control completo del proceso de inmigración para su miembro de la familia; que debe ser el que inicie el proceso y pueden terminar en cualquier momento. En las relaciones en las que existe la violencia doméstica, este control puede ser objeto de abuso por el ciudadano o residente permanente como una forma más de hacer daño a su miembro de familia a través de amenazas de revocar o retrasar el proceso de inmigración, o de expulsión.

VAWA

El Congreso aprobó la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA) con el fin de ayudar a las víctimas indocumentadas con aumento de la violencia doméstica, independientemente que su miembro de familia sea ciudadano o residente permanente.

Las categorías de personas que pueden presentar peticiones de VAWA son:

  • Cónyuges de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales maltratados pueden aplicar. Hijos solteros del cónyuge maltratado menores de 21 años pueden ser incluidos en la solicitud, independientemente si en el maltrato sufren los niños o no.
  • Los padres de los niños que han sido abusados por sus miembros de familia ciudadanos o residentes permanentes pueden aplicar. Otros hijos solteros de los padres menores de 21 años pueden ser incluidos en la solicitud, independientemente si en el maltrato sufren los niños o no.
  • Los hijos solteros menores de 21 años que han sido abusados por sus miembros de familia ciudadanos o residentes permanentes pueden solicitar. Los hijos solteros del niño menores de 21 años pueden ser incluidos en la solicitud, independientemente si en el maltrato sufren los niños o no.
  • Los padres que han sido objeto de abuso por parte de sus hijos adultos de ciudadanos estadounidenses o hijas pueden aplicar.

La petición de VAWA se ha presenta en el Formulario I-360 y requiere  extensa documentación. Existen requisitos específicos que tienen que ser probados con el fin de que USCIS pueda aprobar una petición de VAWA. En general, los requisitos son:

  • Prueba de estatus migratorio del abusador. El estado del abusador puede ser probada con una copia de su certificado de nacimiento, pasaporte, certificado de naturalización o tarjeta de residencia permanente.
  • Prueba de la relación entre el agresor y la persona indocumentada. Esto incluye certificados de matrimonio, certificados de nacimiento, y las sentencias de divorcio.
  • Prueba del abuso, y el efecto del abuso de la persona indocumentada. Pruebas típicas incluyen informes policiales, informes de arresto, órdenes de protección, órdenes de restricción, documentos judiciales, registros médicos, médico y / o facturas de hospital, imágenes, noticias, cartas de asesoramiento, y cartas de personas que fueron testigos del abuso en el tiempo que ocurrió.
  • Prueba del buen carácter moral de la persona indocumentada. USCIS requiere que el solicitante VAWA obtenga una carta de antecedentes penales de cada ciudad donde el solicitante ha vivido durante los últimos tres años, si el solicitante vivió en la ciudad durante seis meses o más.

Cuando se presenta la petición VAWA, se le asigna una fecha de prioridad, que esencialmente es obtener un lugar en la fila para una visa antes de comenzar el proceso de solicitud de una tarjeta verde. Si el ciudadano estadounidense abusivo o el cónyuge residente permanente ya tiene una petición pendiente para su cónyuge maltratado, el auto-peticionario VAWA no tendrá que perder la fecha de prioridad de la petición preexistente simplemente porque haya presentado la suya propia. La fecha de prioridad de la primera petición puede ser transferida a la petición VAWA. Como resultado, el solicitante de VAWA puede evitar tener que entrar en la parte posterior de la línea de visa y experimentar un tiempo de espera más largo para una tarjeta verde.

Para mantener la privacidad del solicitante de VAWA durante todo el proceso de petición, USCIS no compartirá ninguna información sobre ellos con un tercero, ni honrará ninguna solicitud de cambio de dirección bajo el nombre del solicitante a menos que la solicitud se origine en ellos. Esto ayuda a evitar que su familiar abusivo se entere de su auto-petición. La ley federal también prohíbe que USCIS niegue la petición de un solicitante basándose en la información proporcionada exclusivamente por el abusador.

Un peticionario de VAWA puede solicitar autorización para trabajar. Si se aprueba, podrán trabajar mientras USCIS procesa su solicitud de tarjeta verde. Los peticionarios también pueden ser elegibles para beneficios públicos estatales, que pueden incluir asistencia nutricional, mantenimiento de ingresos y atención médica. VAWA también proporciona protecciones de vivienda para las víctimas de violencia doméstica. El Congreso requiere que el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD, por sus siglas en inglés) administre esas protecciones y disposiciones de una manera que otorgue los mismos derechos que los otorgados bajo la Ley de Vivienda Justa.

En casos de inmigración no relacionados con VAWA, a las personas se les puede prohibir ajustar su estado en función de cómo ingresaron a los Estados Unidos, ciertos actos que pueden haber cometido o si violaron la ley de inmigración. Esas barreras para el ajuste de estatus no se aplican a los auto-peticionarios y beneficiarios de VAWA.

Un bufete de abogados de inmigración familiar con experiencia puede ayudarlo a navegar el  proceso de auto-petición de VAWA.

AJUSTE DE ESTATUS PARA INDOCUMENTADOS

El ajuste de estatus es el proceso de solicitud de una visa de residencia

("tarjeta verde") dentro de los Estados Unidos. ¿Cómo puede aplicar un inmigrante indocumentado el ajuste de estatus?

Es necesario definir un inmigrante indocumentado como alguien que está viviendo y / o trabajando en los Estados Unidos, o bien entraron ilegalmente o ahora está fuera de estatus.

Cuando una visa de inmigrante está disponible a un indocumentado (a través de una relación familiar, un empleador, etc.) tendrá el inmigrante que identificar el proceso apropiado tomar medidas con el fin de solicitar la visa de inmigrante. La visa se puede obtener ya sea fuera o dentro de los Estados Unidos. Hay dos maneras para que un inmigrante indocumentado pueda solicitar la residencia permanente en los Estados Unidos y no tener que volver a su país de nacimiento / ciudadanía.

FAMILIAR INMEDIATO QUE ENTRÓ LEGALMENTE

La ley de inmigración permite a ciertas personas para solicitar el ajuste de estatus, independientemente del hecho de que están en los EE.UU. ilegalmente y / o han trabajado en los EE.UU. sin autorización, siempre que la persona puede demostrar que entraron en los EE.UU. legalmente. Estas personas se llaman "parientes inmediatos" y consisten en:

  • Los cónyuges de ciudadanos de EE.UU.
  • Hijos menores de 21 años de edad de ciudadanos de EE.UU.
  • Los padres de los ciudadanos de Estados Unidos (ciudadano debe tener al menos 21 años de edad)

Un pariente inmediato que está solicitando la residencia permanente a través de su cónyuge ciudadano, padre o hijo y que pueda probar que entraron legalmente en un puerto de entrada de inmigración de Estados Unidos, tiene el derecho a solicitar la residencia permanente mediante la presentación de la Forma I-485 dentro de Estados Unidos.

PERSONAS QUE ESTÁN PROTEGIDOS POR LA LEY 245 (I)

Para aquellas personas que entraron legalmente, pero no pudo mantener su estatus legal, y no son parientes inmediatos, y para aquellas personas que entraron ilegalmente, todavía hay una posibilidad de solicitar el ajuste de estatus. La Sección 245 (i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad permite a una persona ajustar su estatus a residente permanente si cumplen con ciertos requisitos y paga una penalidad de $1,000.

Una petición de visa o certificación laboral debe haber sido presentada en su nombre en o antes del 30 de Abril del 2001. Si la petición de visa o certificación laboral fue presentada entre el 15 de Enero del 1998 y 30 de Abril del 2001, el solicitante debe demostrar que estaba físicamente presente en los Estados Unidos el 21 de Diciembre del 2000. Si la petición de visa o certificación laboral fue presentada antes del 15 de Enero del 1998, el solicitante no tiene que probar que estaban en los Estados Unidos.

La persona no tiene que ser la búsqueda de una visa de inmigrante a través de la certificación de la petición laboral presentada antes del 30 de Abril de 2001. Esa petición o certificación puede ser utilizado como el medio para calificar para el ajuste de estatus bajo la ley 245 (i), mientras que la obtención de una visa de inmigrante a través de una petición presentada muchos años más tarde, por ejemplo, por un cónyuge ciudadano de los EE.UU. recientemente adquirida.

Si alguien presentó una petición de visa o un certificado de trabajo antes del 30 de Abril de 2001, asegúrese de consultar con un abogado de inmigración con el fin de determinar si usted está protegido bajo la ley 245 (i).

NO TODO EL QUE CALIFICA PARA SOLICITAR EL AJUSTE DE ESTATUS CALIFICA PARA LA RESIDENCIA PERMANENTE

El cumplimiento de los requisitos para solicitar el ajuste de estatus en los Estados Unidos es sólo una parte del proceso. El solicitante todavía tiene que calificar para la residencia permanente. La ley de inmigración identifica varias cosas que pueden impedir que una persona obtenga la residencia permanente, incluyendo problemas penales de una persona y su historia médica. Es extremadamente importante que una persona consulte con un abogado con experiencia en leyes de inmigración antes de solicitar cualquier beneficio de inmigración, incluyendo el ajuste de estatus. Las consecuencias de la aplicación de algo que usted no califica podrían ser severas, incluyendo la expulsión.

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