Garry Daivs | Immigration Attorney | Davis & Associates | Immigration Law

¿Cuál es el nuevo I-601A?

Introducción e Historia de la I-601A

Hay situaciones en las que una persona con un familiar ciudadano estadounidense o residente permanente pueden ser patrocinados para la residencia permanente, pero no puede obtener la residencia permanente aquí en los EE.UU..

Si una persona que ha sido patrocinado para la residencia permanente por un miembro de la familia ha vivido en los EE.UU. sin estatus legal, en algunas situaciones, esa persona debe salir de los EE.UU. para convertirse en un residente permanente a través de ese patrocinio. El proceso se completaría después en un consulado de los Estados Unidos, todos los cuales están fuera de los EE.UU., probablemente en el país de origen de la persona. Si la persona ha estado en los EE.UU., más de 180 días sin autorización legal, dejando al consulado somete a la persona a una barra de 3 o 10 años antes de que él o ella podría regresar a los EE.UU..

Si la persona ha estado en los EE.UU., más de 180 días sin autorización legal, dejando al consulado somete a la persona a una barra de 3 o 10 años antes de que él o ella podría regresar a los EE.UU..

Esto se llama la barra de 3 y 10 años, o presencia ilegal. Cuando el Congreso modificó la Ley de Inmigración y Nacionalidad en 1996 para crear estas barras, se añadió una renuncia para permitir que las personas en esa situación buscan evitar las rejas por el bien de la unidad familiar. Una persona sujeta a las barras de presencia ilegal tendría que demostrar que su barra para regresar a los EE.UU. da lugar a dificultades extremas a un cónyuge ciudadano de los Estados Unidos o de sus padres.

Después que las modificaciones en 1996 entró en vigor, y antes de los cambios de política en el año 2013, una persona elegible para convertirse en un residente permanente que también era inegible para procesar por ella en los EE.UU. (un proceso llamado ajuste de estatus) tendría que ir a el consulado de EE.UU para tramitar la solicitud, y no podria solicitar un perdon hasta después de la entrevista consular.

Esto requiere a una persona a salir de los EE.UU. para la entrevista de la tarjeta verde sabiendo de que él o ella tendría que permanecer fuera de los EE.UU. mientras que se estaba estudiando la solicitud para el perdón.

Los cambios en 2013 – El perdón se podía hacer antes de salir

Luego, en 2013, el gobierno de Obama anunció que en ciertas situaciones, tales como individuos con el patrocinio para la residencia permanente por un cónyuge ciudadano de los Estados Unidos, una persona que necesita un perdón por presencia ilegal podría comenzar la presentación para aquellos antes de salir para la entrevista en el consulado de Estados Unidos.

Fue un cambio pequeño, sólo la modificación del calendario de cuando podría ser presentada. Pero fue un cambio que tuvo un enorme impacto en la unidad familiar y el riesgo en el proceso.

En el momento del cambio de política en 2013, no era inusual para las familias, incluidos los cónyuges de ciudadanos de Estados Unidos, al estar separados por varios meses, si no años, en espera de la solicitud de exención para procesar después de la entrevista en el consulado de Estados Unidos. En caso de que la solicitud fue negada, la familia se enfrentó a la separación incluso más tiempo antes de que se continuaron luchando para traer de vuelta a su pariente.

Fue un proceso con gran riesgo y tiempo significativo separados sin saber cuánto tiempo pasaría antes de recibir una decisión final sobre el proceso.

El cambio permitió a las personas que necesitan ir al consulado para el procesamiento de visa de inmigrante para tomar la exención aprobada con ellos, es decir, en la mayoría de los casos, la familia sólo se separarían durante 10-14 días generalmente. Por supuesto, esto supone que no hay otras cuestiones en el fondo de la persona, incluyendo la mayoría de antecedentes penales, expulsiones, otras violaciónes de inmigración, o el uso de documentos o información falsa.

Los cambios recientes – Expansión

En agosto de 2016, la Administración Obama ha ampliado el grupo de personas que en este programa se aplica. Para calificar, la persona debe:

  1. Ser elegible para solicitar la residencia permanente legal, como por ejemplo a través de la familia o el patrocinio de empleo, la selección de la lotería de visas de diversidad, o por medio de una petición aprobada para la residencia permanente en alguna otra categoría.
  2. Iniciar el proceso de solicitud de residencia permanente a través del Departamento de Estado de Estados Unidos.
  3. Tener un cónyuge o padre que es ciudadano estadounidense o residente permanente.
  4. Demostrar que el pariente calificado sufriría dificultades extremas en el caso de la persona que solicita no sería capaz de convertirse en un residente permanente.
  5. Estar en los EE.UU..

Una persona que tiene antecedentes penales, antecedentes de fraude u otras cuestiones que crean una base independiente para la creación de una barra de poder convertirse en un residente permanente no podrá ser elegible para utilizar este programa. Sin embargo, alguien en proceso de deportación o “eliminación” de los EE.UU. todavía puede ser capaz de aplicar a través de este programa en el marco de los cambios recientes.

En algunas situaciones donde hay una orden final de expulsión, deportación o exclusión, una persona puede ser capaz de solicitar permiso para convertirse en un residente permanente a pesar de la orden o expulsión, deportación o exclusión. Se trata de una importante expansión del programa y se ha vuelto a disposición de un grupo más amplio de aspirantes residentes permanentes.

Conclusión

Si se encuentra en la situación en la que de otro modo los requisitos para convertirse en un residente permanente, pero debe procesar en el consulado de Estados Unidos y tienen un problema de expulsión o presencia ilegal en los EE.UU., llámenos a nuestra oficina de Dallas, TX Ley de Inmigración. Podemos ayudarle a entender si usted califica para el nuevo programa o no. Si reúne los requisitos, podemos decirle cómo navegar el proceso. Si no lo hace, le diremos por qué.

Garry L. Davis es Abogado Administrador de Davis & Associates, una oficina de abogados de inmigración con oficinas en Dallas, TX. Garry se graduó de la Universidad de Texas Facultad de Derecho y la Universidad Brigham Young. Está acreditado en inmigración y ley de nacionalidad por el Consejo de Especialización Legal de Texas, y ha sido seleccionado como Super Abogado de Texas y los Mejores Abogados de Estados Unidos. Sirvió a la Asociación Americana de Abogados de Inmigración como el enlace Dallas corte de inmigración y como programa de co-director para una conferencia capítulo CLE Texas, celebrada en México. Además de los blogs sobre el tema de la Ley de Inmigración, Garry ha hablado con frecuencia sobre temas de inmigración para diversas organizaciones.

Para obtener más información, llame al 1 (800) 962-5286 para una consulta gratuita en nuestra oficina de Dallas, TX Ley de Inmigración.